Mayo 21 de 2021

Aunque los plazos para la declaración de renta de personas naturales se inician en el segundo semestre, este trámite corresponde a su información financiera de 2020 por lo que desde ya debe ir alistando la documentación que necesitará y así evitar extraviar las cuentas del año pasado (Lea también:

El Ministerio de Hacienda estableció que quienes cumplan cualquiera de estas condiciones, deben declarar renta:

1. Si es responsables del impuesto a las ventas - IVA

2. Patrimonio bruto en el último día del año gravable 2020 superior a cop$160.232.000 (incluye bienes raíces y CDT).

3. Ingresos brutos sean superiores a cop$49.850.000 (incluye a trabajadores, profesionales independientes y comerciantes).

4. Consumos mediante tarjeta de crédito superiores a cop$49.850.000.

5. Valor total de compras y consumos superiores a cop$49.850.000.

6. Valor total acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras, superiores a cop$49.850.000.

Para resolver algunas de las dudas más frecuentes sobre este trámite, consultamos a César Angulo Arrieta, contador público, especialista en impuestos:

¿Declarar renta es igual a pagar impuestos?

No es lo mismo declarar renta que pagar impuestos. En muchas ocasiones, llenar el formulario de renta no le da valor a pagar pero si no lo diligencia estando obligado, está expuesto a una sanción.

Si recibo un dinero adicional al salario como una herencia, la venta de un carro o indemnización ¿debo pagar impuestos por ello?

El Gobierno tiene un principio y es que ningún ciudadano se hace rico solo, siempre tiene que pagarle al Estado. El incremento patrimonial es lo que hace que usted pague un impuesto. Si se trata de una herencia debe pagar una ganancia ocasional del 10%; si vende un carro, le resta el valor que tenía declarado en el año anterior y la diferencia es su impuesto de renta. Las indemnización por seguros de vida o enfermedades no generan impuestos.

¿Qué pasa si me toca declara renta y no lo hago a tiempo?

Hay una sanción por no haber cumplido con el deber sagrado de declarar, que es una responsabilidad con la sociedad y con el Estado. La sanción será de acuerdo con la infracción que comete: si le tocaba declarar renta y debía pagar un impuesto de cop$500.000, la DIAN dice que debe pagar lo que le corresponde más el 5% por cada mes o fracción de mes dejado de presentar. La sanción mínima es de cop$363.000. 

¿Qué recomienda para evitar que el proceso de declarar renta no sea engorroso?

Las plataformas y tecnologías suministradas por el Estado facilitan el proceso. Si hace un plan de trabajo para tener a la mano los saldos en sus cuentas corrientes, el valor de sus bienes, de sus ingresos, deducciones y gastos puede decirse que tiene la declaración de renta lista para hacerla. En caso de dudas no deje de consultar a un contador público. 

Fuente: TANIA FLÓREZ DECHAMPS - El Universal Cartagena


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