Mayo 21 de 2021

Lograr la meta de tener casa propia no solo garantiza un lugar seguro para usted y su familia sino que aumenta su patrimonio, un factor determinante al momento de definir si debe declarar renta ante el Estado. Es por ello que si decide comprar una vivienda, debe revisar si ser propietario del inmueble le generará una obligación tributaria y asesorarse sobre los tiempos que la norma establece para tramitar su declaración de renta, con lo que se evitará multas por evasión de impuestos, en caso de ser sorprendido por las autoridades, pues el desconocimiento de la norma no es argumento para incumplir esta responsabilidad ciudadana (Le puede interesar: Preste atención a las condiciones para declarar renta en 2021).

Si recién estrenó casa o está por comprarla, le presentamos los aspectos clave que debe tener en cuenta para saber si tiene que declarar renta por ser propietario del inmueble.

¿A cuánto asciende su patrimonio?

Lo primero que debe revisar es cuánto suma su patrimonio, es decir todos los bienes, inmuebles, deudas y demás activos y pasivos que estén a su nombre. La DIAN estableció que, para el año gravable 2020, deben declarar renta quienes tengan un patrimonio bruto superior a $160.262.000.

“En ese orden de ideas, si una persona natural adquirió una vivienda por valor superior a $160.262.000 o si dicha vivienda sumada al resto de su patrimonio (un carro, una moto, otra vivienda) supera esta cifra lo convierte en un declarante de renta”, explica Martín Luna, revisor fiscal y cobrador público con experiencia en tributaria, socio de la firma De la Vega Asprun.

El especialista añade que la norma “también se refiere a compras y consumos sin especificar ni distinguir de qué tipo, así que cualquier compra que entre a sumar y supere el tope de $49.850.000 (1.400 UVT) obliga a presentar la declaración de renta”.

Influye el método de financiación

Si financió su vivienda, esto también influye en su declaración de renta. Si la adquirió a través de un crédito hipotecario, es decir, que el inmueble está escriturado a su nombre, debe incluirlo en la declaración de renta si le corresponde declarar de acuerdo con los montos establecidos por la DIAN (Puede leer: Evite que su declaración de renta sea un dolor de cabeza).

En este caso, también debe agregar el saldo pendiente del crédito como pasivo. Esto último disminuye su patrimonio líquido, que se tiene en cuenta al definir si tiene que pagar impuestos. A medida que avanza el tiempo, se va pagando el bien y por la tanto se baja el pasivo, por lo que es probable que el patrimonio líquido aumente.

“Con la información exógena que reportan las notarías, cuando se escrituran los inmuebles y los bancos sobre los créditos hipotecarios y las consignaciones, es fácil para la DIAN conocer quiénes están obligados a declarar renta y no lo hacen”, señala el revisor fiscal Martín Luna.

Ahora bien, si financia su vivienda mediante un leasing habitacional, no se declara el activo contra un pasivo porque se trata de un bien arrendado que no está a su nombre, solo se incluye el valor anual aportado a la entidad bancaria.

Si compró casa VIS ¿debe declarar?

Depende. El tope de las viviendas sociales en Colombia es de cop$122.651.010, es decir que un ciudadano que adquiera uno de estos inmuebles no supera el patrimonio que establece la autoridad tributaria (cop$160.262.000) pero si tiene, por ejemplo, un carro avaluado en cop$30.000.000, sí está obligado a declarar.

“Quien tiene una vivienda de interés social se supone que está emergiendo y cuenta con la ayuda del Estado. Es poco probable que una familia con una VIS supere el patrimonio de los cop$160.000.000, pero si además de la vivienda tiene a su nombre otros inmuebles que superan el tope de la declaración, tiene que hacerlo”, explica el contador público César Angulo, especialista en tributación.

El subsidio del Estado también tiene que incluirse en la declaración.

En caso de que el Gobierno disminuya el monto mínimo del patrimonio para declarar renta, en vigencias futuras, y ya no sean cop$160.000.000 sino cop$130.000.000, por ejemplo, es probable que más familias con viviendas VIS tengan que declarar. Si esto ocurriera, lo ideal es que se expidan leyes fiscales acordes con los programas sociales, que eximan de la declaración a los beneficiarios de subsidios.

Más de una vivienda

Si tiene más de una vivienda y otros bienes, es probable que no solo deba declarar renta sino que deba pagar impuestos. Esto se determinará teniendo como base gravable su patrimonio líquido que resulta luego de restar las deudas de sus posesiones.

Fuente: TANIA FLÓREZ DECHAMPS - El Universal Cartagena


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